http://kaosenlared.net/urgente-audiencia-nacional-ordena-ingreso-a-prision-de-las-ocho-personas-condenadas-por-protestar-pacificamente-frente-al-parlament/
Las compañeras y compañeros con condenas
de 3 años de cárcel por protestar pacíficamente deben entrar en prisión
antes de los siguientes 10 días hábiles.
Tres años de prisión por hacer cosas tan
graves y peligrosas como levantar las manos y decir ‘no nos
representan’ frente al Parlament. Un auténtico despropósito propio de un
régimen que es cualquier cosa menos una democracia respetuosa de lo más
elementales derechos ciudadanos.
Si esto no se parece demasiado a las sentencias franquistas, sentencias fascistas, ¿qué se le parece?
El régimen español suma así un nuevo
escándalo represivo a su larga lista de injusticias y atentados contra
las libertades y los derechos humanos.
Un estado donde te pueden mandar a prisión por hacer cosas tan graves como las que se citan en esta sentencia:
Hace
instantes los y las abogadas de las personas condenadas han informado
que se presentará un recurso de interpelación destinado a suspender el
ingreso en prisión. Tal apelación emana del hecho de que la Audiencia
Nacional en un primer momento les había absuelto. Claramente se trataría
de una decisión política, ya que han pasado por encima la
jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, la última decisión
podría depender del apoyo que se muestre en la calle, en las redes, en
los exhortos de las organizaciones de derechos humanos, de la gente que
se pronuncie masivamente y con fuerza.
La noticia:
La Audiencia Nacional ordena el ingreso en prisión de las ocho condenadas por la acción Paremos el Parlamento
Jesús Rodríguez en La Directa
El juzgado les da un plazo de diez días para ingresar voluntariamente en el centro penitenciario más cercano a sus domicilios. En caso contrario ordenará a la policía su búsqueda e ingreso en prisión.La
sección primera de la sala penal de la Audiencia Nacional española ha
decretado una ejecutoria de ingreso en prisión para las ocho personas
condenadas por la acción de Paremos el Parlamento. El
poder judicial ordena, así, que en el plazo de diez días ingresen en
prisión “para el cumplimiento de la pena privativa de libertad de tres
años impuesta en sentencia”. Además,
hacen saber que “de no verificarlo en el plazo indicado, se decretará
su ingreso en prisión, entregándose las oportunas órdenes de busca y
captura”.
La decisión judicial proviene del mismo juzgado que absolvió a los encausados hace un año, pero el Tribunal Supremo tumbó esa decisión e impuso una pena de tres años por “un delito contra las altas instituciones del estado”. El pasado 21 de marzo más de 8.000 personas se manifestaron en el centro de Barcelona para reclamar su absolución y que no ingresaran en prisión. El 19 de abril fueron más de 2.000 las personas que formaron una cadena humana alrededor del parque de la Ciutadella con el mismo objetivo.
La decisión judicial proviene del mismo juzgado que absolvió a los encausados hace un año, pero el Tribunal Supremo tumbó esa decisión e impuso una pena de tres años por “un delito contra las altas instituciones del estado”. El pasado 21 de marzo más de 8.000 personas se manifestaron en el centro de Barcelona para reclamar su absolución y que no ingresaran en prisión. El 19 de abril fueron más de 2.000 las personas que formaron una cadena humana alrededor del parque de la Ciutadella con el mismo objetivo.
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