"Empezaron a apretarnos los velcros de los chalecos antibalas y la
agente con más pecho comunica al coronel que se siente incómoda...",
recoge la denuncia
El juez togado archiva sin practicar diligencias porque que la mujer "se sintiera humillada no justifica, por sí solo, la apreciación de ese ataque"
La denuncia contra el coronel jefe de Cantabria recoge tres delitos que el Código Penal Militar castiga con hasta siete años de cárcel
Pedro Águeda 1/12/2016 El juez togado archiva sin practicar diligencias porque que la mujer "se sintiera humillada no justifica, por sí solo, la apreciación de ese ataque"
La denuncia contra el coronel jefe de Cantabria recoge tres delitos que el Código Penal Militar castiga con hasta siete años de cárcel
http://www.eldiario.es/politica/Justicia-investigar-denuncia-vejaciones-guardias_0_586192286.html
Abuso de autoridad y discriminación
por razón de sexo, atentado contra los derechos fundamentales y
extralimitación en el uso del mando. Estos son los delitos que recoge la
denuncia que una cabo primero de la Guardia Civil ha presentado contra
el coronel jefe de la Zona de Cantabria y que un juez militar ha
rechazado de plano, sin practicar una sola diligencia, bajo el argumento
de que los hechos denunciados por la mujer no presentan indicios de
delito.
El relato remonta al pasado 5 de octubre,
durante unas prácticas de tiro a las que habían sido citados un grupo de
agentes, entre ellos la denunciante, Pilar Villacorta, y otras dos
mujeres del instituto armado que, según la denuncia, también fueron
vejadas. Las tres habían sido autorizadas a hacer la práctica sin
chaleco porque los que tienen son para hombres, les quedan grandes y no
les permiten disparar en condiciones adecuadas.
Al terminar la práctica, los participantes pudieron
retirarse a excepción de las tres mujeres, que fueron obligadas a
permanecer en el lugar. Hasta 45 minutos después no llegó el coronel
Luis Antonio del Castillo, quien anunció a las agentes que les iba a
enseñar cómo colocarse la protección. Villacorta, la denunciante, había
advertido a sus superiores de los problemas para disparar con el chaleco
días antes de la práctica.
Y así, frente al coronel y
otros cuatro hombres, comienzan los 23 minutos de presunta vejación.
“La escena empieza a ser humillante cuando empiezan a apretarnos los
velcros de los chalecos antibalas y la agente femenina que más pecho
tenía le comunica que se siente incómoda con la prenda y que es evidente
que su pecho es grande y no coge de forma adecuada al chaleco…”, relata
la denunciante. El coronel no cesa en la orden y la escena se repite
con la segunda guardia civil y con Villacorta, vocal de la Asociación
Unificada de la Guardia Civil (AUGC) en el Consejo Asesor del instituto
armado.
“Indicar que este momento fue del todo
lamentable al ser un hombre el que me coloca (nos coloca) los velcros y
los aprieta oprimiendo mi pecho y, además, como si de un pésimo sastre
se tratara, me indica que la colocación es básica para que la prenda
quede bien cuando era más que evidente que no era el adecuado en talla y
formas”, continúa el relato cuya.
Para completar la
escena, el coronel les ofreció “una charla” sobre cómo se coloca el
chaleco correctamente, antes de repetir la práctica de tiro. Las agentes
le decían que estaban incómodas y el coronel les respondía que el tiro
no es algo cómodo y que las situaciones en la calle son de peligro y
“nada cómodas”. “Obviamente el señor coronel olvidó que a las que se
dirigía eran agentes que trabajan todos los días en la calle y saben de
la peligrosidad de su trabajo, la que suscribe tiene 23 años de servicio
operativo en la Guardia Civil”, añade la denunciante.
Sin entidad suficiente
Otro coronel, pero del Ejército y juez togado, Miguel Rodríguez de
Paterna, ha archivado la denuncia de plano, a propuesta del fiscal
jurídico militar. Los hechos, dice el magistrado en el auto de archivo,
“no tienen una entidad suficiente para considerar que existiera un grave
atentado a la dignidad de la persona”. Los tres delitos del Código
Penal Militar que recoge la denuncia pueden sumar un máximo de siete
años de cárcel.
“El hecho de que ella (la
denunciante) se sintiera humillada no justifica, por sí solo, la
apreciación de ese ataque. En efecto, el coronel ordenar repetir un
ejercicio, que no se había realizado como estaba ordenado, y
difícilmente puede considerarse atentatorio a la dignidad de la
persona”, se lee en el auto, al que ha tenido acceso eldiario.es.
El juez Rodríguez de Paterna se explaya y dice que la “actitud” de los
hombres encargados en ajustar el chaleco a las guardias “no es un hecho
que pueda menoscabar la dignidad de la persona, aunque aquellas fueran
mujeres y estos hombres". "No debe olvidarse que en este tipo de
prácticas es habitual que el aprendizaje requiera, en primer lugar, unas
instrucciones de la manera correcta en que ha de colocarse el chaleco”,
añade el juez togado.
Un juez designado por el ministro de Defensa
La denunciante pedía que se la citara a declarar, al igual que a los
participantes en los hechos y al propio coronel Del Castillo, lo que
rechaza el magistrado. Rodríguez Paterna fue designado a propuesta del
ministro de Defensa, como la inmensa mayoría de los integrantes de esa
jurisdicción. Tan solo cuatro han sido propuestos por el Consejo General
del Poder Judicial, consecuencia de una reciente reforma que iguala los
nombramientos a los de la jurisdicción penal ordinaria.
La mujer denunciante describe en su denuncia el ataque de ansiedad que
le produjeron los hechos. El juez dice que, aun siendo verdad que
tuviera tal situación de estrés, “objetivamente no cabe apreciar la
gravedad exigida” para que los hechos revistan indicios de delito. Por
este motivo, y también a propuesta del fiscal, el juez togado remite la
denuncia al director general de la Guardia Civil por si cupiera abrir
expediente de tipo reglamentario al coronel. Desde la Comandancia de
Cantabria niegan que la escena se desarrollara como consta en la
denuncia, que así lo indica la inadmisión del juez y añaden que si
prospera un eventual recurso se podrá demostrar en sede judicial.
A la denunciante le resta presentar recurso de queja ante la Sala de
Justicia del Tribunal Militar Central. La vía penal permite a la
denunciante, como personada, conocer las decisiones que se tomen en el
marco de la instrucción. Eso ocurre a diferencia de la tramitación de un
expediente disciplinario que, de abrirse, se tramita sin que la
denunciante conozca diligencia alguna de las que puedan llegarse a
realizar.
[Una primera versión de esta información
recogía que había sido imposible recabar la versión de la Dirección
General de la Guardia Civil. Fuentes de la misma han trasladado
posteriormente la versión de la Comandancia de Cantabria que aparece en
el texto]
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