martes, 16 de noviembre de 2021

Pedro Sánchez evita hablar de la reforma laboral, de Rubén Sánchez + Lo llaman derogación y no lo es, de Miguel Medina Fdez-Aceytuno

 Manuel Espejo Frías   1/11/21


 DESUBICADOS (ExS)   Pablo Trascendencia   10/11/21
 Lo llaman derogación y no lo es, de la reforma laboral de 2012 del PP.
Las posibilidades de que a través de la actual negociación se obtenga algo positivo, sin una fuerte movilización obrera y popular, son muy escasas.
Derogar la reforma laboral de 2012 del Partido Popular significa recuperar todos y cada uno de los derechos laborales que fueron suprimidos por el Real Decreto-Ley de 10 de febrero de 2012. Es una operación técnicamente posible: basta con volver a publicar en el BOE el Estatuto de los Trabajadores y la Ley de Procedimiento Laboral vigentes con anterioridad a la Ley 3/2012, de 6 de julio y declarar, al mismo tiempo, la derogación de esta y de todas las disposiciones que la desarrollaron, dando respuesta concreta a la posible retroactividad de la derogación acordada.
El acuerdo de coalición establecía el compromiso entre PSOE y Unidas Podemos de derogar la reforma laboral, pero añadía que por razones de urgencia y de forma concreta, procederían a derogar la limitación temporal del convenio colectivo y la prioridad aplicativa de los convenios de empresa sobre los convenios sectoriales. Sin ese carácter de apremio, se enumeraba la modificación del artículo 42.1 del Estatuto de los Trabajadores sobre contratación y subcontratación laboral, la limitación de la capacidad de modificación unilateral de las condiciones del contrato por parte de la empresa y la revisión del mecanismo de inaplicación de los convenios colectivos sobre descuelgue salarial.
Desde el primer momento, tanto el PSOE como UP se comprometieron a restablecer solo los derechos laborales derogados por el PP derivados de los temas que anteceden, lo que aún no se ha llevado a cabo pese a haber transcurrido cerca de dos años desde el acuerdo de coalición.
Los demás derechos suprimidos a los trabajadores con la reforma laboral de 2012 quedaron sin identificación en el pacto de diciembre de 2019, dando a entender, aunque de manera implícita, que la derogación laboral no afectaría a estos derechos y que sería, por tanto, una derogación parcial.
Lo que ocurrió meses más tarde confirma lo dicho, tanto por la inexistente voluntad política del PSOE por recuperar todos los derechos laborales que fueron suprimidos por el Partido Popular, como por la actitud condescendiente de Unidas Podemos con esta primera actuación fraudulenta del socio mayoritario de la coalición.
Es así como ahora ha quedado fuera de la negociación Gobierno, CCOO, UGT y CEOE, la posibilidad de restablecer derechos muy importantes suprimidos en 2012 y que no fueron recogidos de forma expresa en el acuerdo de diciembre de 2019. Son, entre otros, los siguientes:
a) reducción de la indemnización por despido improcedente de 45 días por año de servicio con un límite máximo de 42 mensualidades, a 33 días por año de servicio y un tope de 24 mensualidades. La reforma de 2012 redujo un 27% la indemnización en cuanto al módulo anual del cálculo, y en un 43% respecto a la cuantía máxima.
b) supresión de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta la extinción de la relación laboral en vía judicial en los procedimientos de despido improcedente, que en la práctica podían alcanzar, en algunos casos, cantidades incluso superiores al importe mismo de la indemnización, lo que constituía en cualquier supuesto un motivo disuasorio para el despido, contribuyendo a la estabilidad del contrato de trabajo. Los salarios de tramitación mejoraban además la posición del trabajador en la negociación previa con la empresa para la determinación del importe indemnizatorio, al tiempo que estimulaban a los Juzgados de lo Social a tramitar con brevedad los procedimientos de despido, lo que no ocurre ahora, en perjuicio grave de los trabajadores.
c) ampliación de las causas económicas que permiten los despidos. Antes solo se permitían en casos de pérdidas, y desde el 2012 basta con el descenso de beneficios o con la simple previsión de que las empresas puedan tener pérdidas.
d) supresión de la necesidad de autorización administrativa previa en los despidos colectivos (ERES), lo que facilita la reducción de las plantillas y el cierre de las empresas. Antes de 2012, el poder para despedir de manera colectiva en empresas, cuando el número de trabajadores afectados era de diez en las de menos de 100 trabajadores, del 10% en plantillas de entre 100 y 300 trabajadores o 30 trabajadores en las de más de 300, correspondía siempre a la Administración Pública, garante de los intereses generales. Ahora, este poder lo tiene exclusivamente la empresa, algo que solo ocurre en Grecia y en España. Las empresas pueden libremente decidir reducciones de plantillas o cierres de empresas importantes que afectan a la actividad económica en general, coadyuvando al incremento descontrolado de las deslocalizaciones, sin que la Administración Pública pueda impedirlo. Se permite, además, que las administraciones públicas puedan hacer ERES que afecten no solo a su personal eventual o a los interinos, sino también a los funcionarios.
e) máxima facilidad para los descuelgues de los convenios en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente del nivel de ingresos o ventas en la empresa.
f) autorización para que las ETT actúen como agencias de colocación, equiparándolas a las oficinas públicas de empleo.
La negociación que se lleva a cabo en estos días deja fuera todos estos importantes derechos suprimidos por el PP que acabamos de enumerar. No es que ahora PSOE y UP hayan renunciado a restablecer todos estos derechos. Lo hicieron mucho antes, mediante una negociación a espaldas de los trabajadores y oculta a la ciudadanía, cuando el gobierno de coalición remitió a Bruselas el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el llamado componente 23. Un conjunto de derechos laborales relevantes que conquistaron los trabajadores con grandes luchas y mayores sacrificios contra la voluntad de la extinta UCD, del PSOE, del PP, de la patronal y, por supuesto, de la dictadura franquista.
El contenido actual de las conversaciones se centra, de manera exclusiva, en la rehabilitación de la ultraactividad indefinida de los convenios colectivos, la prevalencia del convenio del sector sobre el de empresa, el control de la subcontratación, la limitación de la contratación temporal, la promoción de los contratos de formación y la necesidad de limitar la capacidad de modificación unilateral de las condiciones laborales del contrato por parte de la empresa con revisión de los llamados descuelgues de los convenios colectivos.
El acuerdo suscrito entre PSOE y UP de primeros de noviembre último, ya indica, de manera expresa, que el contenido de las negociaciones deberá respetar los términos que establecen el acuerdo de coalición y el Plan de Recuperación enviado a la Comisión Europea, es decir, acatamiento a dicho Plan y al denominado componente 23.
Las posibilidades de que a través de esta negociación se obtenga algo positivo, sin una fuerte movilización obrera y popular, son muy escasas. Las razones son las siguientes:
a) el llamado componente 23 de las Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que el gobierno trasladó a Bruselas, dispone (pág. 3) que: «el objetivo de este componente es diseñar un conjunto de políticas públicas que permitan avanzar en un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo… En consecuencia, la ficha esboza cuáles son los objetivos y orientación de las políticas, cuya concreción será acordada con las organizaciones empresariales y los sindicatos. Las reformas que se proponen culminarán con la elaboración de un Estatuto del Trabajo del siglo XXI, que responda a las nuevas necesidades y realidades del mercado laboral.» Queda meridianamente claro que se otorga a la patronal CEOE el derecho de veto. ¿Firmaría la gran patronal un acuerdo en el que los trabajadores recuperasen los derechos laborales suprimidos en los limitados temas que recoge el acuerdo de coalición de diciembre de 2019?, ¿aceptaría la CEOE la recuperación de todos los derechos que fueron eliminados con la reforma laboral del PP?
b) la segunda gran dificultad reside en que ni el Plan de Recuperación, ni el componente 23, en momento alguno, exponen la voluntad inequívoca del gobierno de coalición de restablecer la ultraactividad de los convenios colectivos, la prioridad del convenio de sector sobre el de empresa, la limitación de la capacidad de modificación unilateral de las condiciones del contrato, la supresión de los descuelgues salariales y las limitaciones a la temporalidad de los contratos de trabajo y la subcontratación. En su lugar, lo que señalan estos textos es la necesidad de modernización de la arquitectura de la negociación colectiva o la europeización del mercado de trabajo. De paso, añaden la eliminación de «todos los obstáculos que desde la negociación colectiva impidan la extensión voluntaria de la vida laboral de los trabajadores, aumentando de esta forma la edad efectiva de jubilación.»
c) Antonio Garamendi, Presidente de la CEOE, ha manifestado en fecha reciente que su propuesta es mejorar y no derogar la reforma laboral del Partido Popular. La ministra de Trabajo, Yolanda Diaz, indica que la derogación no es posible técnicamente y que, además, sería irresponsable. Añade que el Gobierno busca el máximo apoyo en la negociación para suprimir algunos aspectos de la normativa actual, más allá del fetiche político que es hablar de derogación y que no se va a tocar los días de indemnización por despido que aprobó el PP en 2012. Unai Sordo, secretario general de CCOO, señala que lo más importante es garantizar una corrección de la reforma laboral y que no es previsible, desde luego, ni en el corto ni en el medio plazo, una huelga general, al mismo tiempo que pide silencio durante la negociación. José Álvarez de UGT aboga por la reforma de la reforma laboral. Y la posición del PSOE, que encabeza la neoliberal Nadia Calviño, es la que consta en el Plan de Recuperación y el componente 23, antes comentados.
¿Con estos mimbres, sin una movilización obrera y popular que incluya una huelga general, es realmente posible la derogación de la reforma laboral del PP?
Pues eso, lo llaman derogación y no lo es.
Autor
Miguel Medina Fernández-Aceytuno
9 de noviembre de 2021



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