martes, 5 de marzo de 2024

El Gobierno andaluz autoriza por ley a empresas a validar proyectos urbanísticos sustituyendo a funcionarios públicos, de Néstor Cenizo

 Néstor Cenizo   

El decreto de simplificación, vigente desde el 17 de febrero, modifica dos artículos de la LISTA y otro del Reglamento para incorporar al proceso urbanístico la denominada “colaboración público-privada”, una fórmula que supone la participación de empresas en esferas de decisión y actuación públicas. Los colegios profesionales ya podían sustituir la labor que hacen funcionarios públicos en ciertos casos, pero los colegios son entidades de derecho público. Ahora, el abanico se abre aún más y deja entrar al sector privado.

De acuerdo con el nuevo artículo 9 de la LISTA, las administraciones con competencia urbanística y territorial (generalmente los ayuntamientos) podrán contratar a estas “entidades urbanísticas certificadoras” (previamente registradas como tales) para realizar “tareas de carácter instrumental, material, técnico, auxiliar o de apoyo a las actuaciones de verificación, inspección y control del cumplimiento de la normativa” urbanística.

Los informes, certificados o actas de estas entidades se incorporarán al expediente administrativo y “serán tenidos en cuenta en la resolución de los procedimientos”, añade el texto, que a continuación contempla que puedan sustituir al informe de un funcionario surtiendo “efectos equiparables”, si así lo prevé la ordenanza municipal.

Por su parte, el nuevo artículo 140.3 especifica, para el caso concreto de la emisión de licencias urbanísticas, que el informe de la entidad privada o del colegio profesional surtirá “efectos equiparables” al informe técnico del funcionario que certifica si la licencia es conforme a normativa, si así lo prevé la ordenanza municipal.

El letrado de la Junta cuestiona su legalidad (...)


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