http://mareagranate.org/2015/10/como-votar-en-las-elecciones-generales-20d-desde-el-exterior-opciones-y-plazos/
Si tienes pasaporte o DNI español, vives en el
extranjero y quieres ejercer tu derecho a voto en las elecciones
generales el próximo 20 de Diciembre de 2015, tienes varias opciones en
función de tu situación administrativa actual.
Opción B: inscripción ERTA, teniendo en cuenta desplazamientos, el ruego es presencial, el voto es por correo (no en urna), si vives en otro continente puede que lleguen tarde las papeletas o tu voto.
Opción C: inscripción CERA, solo si llevas más de un año residiendo en el extranjero porque podrían negarte la inscripción ERTA en el consulado. IMPORTANTE: Esta inscripción sólo debes hacerla durante la semana que se reabre el censo para reclamaciones (2-9 noviembre).
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Opción A: voto desde el extranjero.
1) Revisa tu inscripción en el censo en el consulado del 2 al 9 de noviembre, y si hay un error, reclama.
2) Ruega el voto entre el 28 de octubre y el 21 de noviembre.
Con la clave de tramitación telemática (CTT) que te remitirán por correo postal al domicilio donde estás inscrito. Deberás acceder al trámite “Solicitud voto CERA” en la dirección https://sede.ine.gob.es/Solicitud_voto_CERA mediante la CTT, seguir las instrucciones que se te presenten y adjuntar el fichero de la imagen de UNO de estos documentos: DNI, pasaporte, certificado de nacionalidad española o certificado de inscripción consular.
3) Envía el voto por correo a tu consulado hasta el 15 de diciembre, o vota en urna en el consulado entre el 16 y 18 de diciembre.
Opción B: voto por correo desde España, tiene que solicitarse en persona en cualquier oficina de correos y como mínimo 10 días antes de las elecciones.
IMPORTANTE: si ya estás inscrito como CERA no puedes votar en urna en tu ciudad el 20D aunque estés allí ese día porque ya no figuras en las listas (no estás empadronado allí)
Opción B: voto desde el extranjero.
1) Ruega el voto en el consulado entre el 28 de octubre y el 21 de noviembre.
2) Vota por correo. La fecha límite para enviar tu voto es el 16 de diciembre.
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Si hay impugnación: 8 de diciembre
¡Si hay impugnación las papeletas tienen sólo 7 días para llegar!
3.- Cincuenta juristas exigen que se deje votar a los 2 millones de emigrantes españoles
http://iniciativadebate.org/2015/11/03/cincuenta-juristas-exigen-que-se-deje-votar-a-los-2-millones-de-emigrantes-espanoles/ 3/11/2015
CASO 1: Aún no me he inscrito en el Consulado:
Opción A: si voy a viajar a casa por navidad, planear las fechas de forma que pueda votar en urna el 20D en mi colegio electoral.Opción B: inscripción ERTA, teniendo en cuenta desplazamientos, el ruego es presencial, el voto es por correo (no en urna), si vives en otro continente puede que lleguen tarde las papeletas o tu voto.
Opción C: inscripción CERA, solo si llevas más de un año residiendo en el extranjero porque podrían negarte la inscripción ERTA en el consulado. IMPORTANTE: Esta inscripción sólo debes hacerla durante la semana que se reabre el censo para reclamaciones (2-9 noviembre).
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CASO 2: Ya me he inscrito como:
— Residente (CERA)
La
Marea Granate denuncia “ingeniería electoral” para “matar el voto” de
los exiliados - See more at:
http://postdigital.es/2015/11/03/marea-granate-ingenieria-electoral-matar-voto-exiliados-p17991/#sthash.FE8Bm49m.bsFJibD8.dpuf
El censo es el vigente a 1 de agosto, si te inscribiste después ¡RECLAMA! Opción A: voto desde el extranjero.
1) Revisa tu inscripción en el censo en el consulado del 2 al 9 de noviembre, y si hay un error, reclama.
2) Ruega el voto entre el 28 de octubre y el 21 de noviembre.
- Por fax o correo ordinario a la Delegación Provincial del Censo que os corresponda. Os dejamos el documento a enviar, con las instrucciones para inscritos en el CERA.
- Por internet. Tenéis dos opciones:
Con la clave de tramitación telemática (CTT) que te remitirán por correo postal al domicilio donde estás inscrito. Deberás acceder al trámite “Solicitud voto CERA” en la dirección https://sede.ine.gob.es/Solicitud_voto_CERA mediante la CTT, seguir las instrucciones que se te presenten y adjuntar el fichero de la imagen de UNO de estos documentos: DNI, pasaporte, certificado de nacionalidad española o certificado de inscripción consular.
3) Envía el voto por correo a tu consulado hasta el 15 de diciembre, o vota en urna en el consulado entre el 16 y 18 de diciembre.
Opción B: voto por correo desde España, tiene que solicitarse en persona en cualquier oficina de correos y como mínimo 10 días antes de las elecciones.
IMPORTANTE: si ya estás inscrito como CERA no puedes votar en urna en tu ciudad el 20D aunque estés allí ese día porque ya no figuras en las listas (no estás empadronado allí)
— No Residente (ERTA)
Opción A: voto en urna en España. Si vas a viajar a casa por navidad, puedes planear las fechas de forma que puedas VOTAR EN URNA el 20D en tu colegio electoral. Para ello NO DEBES rogar el voto en el consulado, si lo haces no podrás votar en España.Opción B: voto desde el extranjero.
1) Ruega el voto en el consulado entre el 28 de octubre y el 21 de noviembre.
2) Vota por correo. La fecha límite para enviar tu voto es el 16 de diciembre.
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Comienzo del ENVÍO DE PAPELETAS desde España
(afecta tanto a CERA como a ERTA)
Si NO hay impugnación: 30 de noviembreSi hay impugnación: 8 de diciembre
¡Si hay impugnación las papeletas tienen sólo 7 días para llegar!
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2.- ADEMÁS: http://postdigital.es/2015/11/03/marea-granate-ingenieria-electoral-matar-voto-exiliados-p17991/#sthash.FE8Bm49m.bsFJibD8.dpbs
La Marea Granate denuncia “ingeniería electoral” para “matar el voto” de los exiliados3.- Cincuenta juristas exigen que se deje votar a los 2 millones de emigrantes españoles
http://iniciativadebate.org/2015/11/03/cincuenta-juristas-exigen-que-se-deje-votar-a-los-2-millones-de-emigrantes-espanoles/ 3/11/2015
Publicado: Martes 3/11/2015
Publicado: Martes 3/11/2015
Publicado: Martes 3/11/2015
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