Hasta ahora si vivías o te encontrabas en el extranjero en periodo electoral y querías votar, tenías que solicitar el voto por correo postal o por fax, y debías darte algún viaje hasta el consulado o embajada más cercana. A partir de este jueves, según publica el BOE, se podrán solicitar las papeletas por Internet.
Interior ha publicado un nuevo modelo de solicitud que permitirá pedir el voto a través de la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística (https://sede.ine.gob.es) con un certificado electrónico asociado a su DNI. Para quienes no dispongan de él, se incluirá en el impreso de solicitud remitido de oficio una Clave de Tramitación Telemática (CTT), generada para cada elección y cada elector.
La orden, que entra en vigor este jueves, recuerda el método aceptado hasta ahora para pedir el voto: cada elector debe enviar su solicitud por correo postal o fax, a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente a su municipio de inscripción adjuntando fotocopia de DNI, pasaporte, certificado de nacionalidad emitido por el Consulado o certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.
>>Votar en el extranjero: una odisea entre la desinformación y la burocraciaA partir de ahora podrá hacerse también de manera telemática y quienes opten por este medio podrán obtener un justificante del registro electrónico de la presentación de la solicitud.
Desde la reforma de la ley electoral de 2011, los emigrantes y residentes en el exterior (CERA) no pueden votar en las elecciones municipales y para hacerlo en las autonómicas, generales y europeas deben solicitar el voto en cada ocasión, lo que se conoce como "voto rogado".
La medida ha provocado el descontento de los colectivos de españoles en el exterior y ha hecho caer su participación en los comicios, lo que ha llevado a que los partidos se comprometan a tomar medidas para paliar esta situación.
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