15 de enero de 2023
La idea inducida del calificado como "oasis" vasco no era tal. Solo era un espejismo, una imagen distorsionada e interesadamente penetrada en la sociedad.
No es la primera vez que comento cuestiones relacionadas con la corrupción. En esta ocasión me siento particularmente impulsada a volver a hacerlo: la realidad manda.
En efecto, el pasado 9 de enero la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dictó sentencia en la que, con algunas modificaciones técnicas puntuales que redujeron mínimamente algunas condenas, confirmó la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava de 17 de diciembre de 2019 en la que se condenó por varios delitos de corrupción a los integrantes del Araba Buru Batzar -ejecutiva de Álava-Araba del partido EAJ/PNV- don Alfredo de Miguel, don Luis Felipe Ochandiano y don Carlos Aitor Tellería y se condenó también a otras personas como cooperadoras de algunos de aquellos delitos.
En dicha sentencia, el Tribunal Supremo, tal como lo había hecho la sentencia anterior, recuerda que los tres principales acusados, prevaliéndose de su capacidad de influencia política como miembros de la ejecutiva alavesa del PNV y de su compañerismo político con personalidades que ocupaban puestos de relevancia en la Administración autonómica y municipal, se concertaron para favorecer que determinados organismos de la Administración adjudicaran contratos de obras o de servicios a empresarios que estuvieran dispuestos a pagarles una comisión, procediendo a constituir, bajo la titularidad de testaferros -incluidas sus esposas -, sociedades que facturaban servicios ficticios a los empresarios beneficiados, para así encubrir el cobro de estas comisiones.
También se condena a estos tres políticos por influir en que algunos de los contratos administrativos fueran directamente adjudicados a sus sociedades, logrando así mejores beneficios, particularmente en algunos supuestos en los que lograron que la Administración les abonara unos trabajos que no realizaron nunca (...)
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