George Gonzalo ha compartido un enlace. redaccionmedica.com 27 febrero 2019
El grupo confederal de Unidos-Podemos ha presentado la primera Ley Estatal de Salud Mental, registrada en el Congreso de los Diputados este miércoles. El texto destaca la creación de un plan contra el suicidio, la inclusión de la figura del defensor de las personas con problemas de salud mental en cada comunidad autónoma y hace hincapié en que "las intervenciones tempranas dirigidas a niños, niñas y adolescentes con trastornos mentales deben ser científicamente contrastadas de carácter no farmacológico, ya sean psicosociales o de otra índole, dispensadas desde el ámbito comunitario, para evitar ingresos y medicalización".
"La situación actual de la Salud Mental no cumple con lo que está recogido en nuestra Constitución, en tanto se han identificado enormes problemas en lo que a inequidad se refiere cuando abordamos la situación de la salud mental en los distintos territorios de España", denuncia el texto.
Según se recoge en el artículo 22, dedicado a la salud mental de niños y adolescentes, "se implementarán programas específicos orientados a la prevención primaria y a la promoción de la salud mental en los Centros de Atención Primaria, en Centros Educativos, en las estructuras familiares y en los Servicios Sociales, identificando y abordando factores de riesgo psicosociales".
Además, se facilitará una "prevención secundaria". "La implementarán programas específicos de prevención secundaria que se iniciarán al comienzo de los síntomas", detalla el texto, que añade la "protección contra la psiquiatrización y medicalización del niño, niña y adolescente, promoviendo una atención orientada a la resiliencia, desde los recursos comunitarios". También, incluyen la prohibición de la medicalización preventiva e instan a delimitar los "circuitos asistenciales y las funciones y momentos de intervención de cada parte del sistema".
Prevención frente a la mala praxis
La Ley se estructura en un título preliminar, cinco títulos, una disposición adicional y tres disposiciones finales. El artículo 12 señala que toda persona tiene derecho a una información veraz y completa sobre la propia salud mental y los tratamientos. Esta información deberá ser proporcionada verbalmente por parte del equipo profesional que acompañe a la persona a lo largo del proceso asistencial y dejando constancia en la historia clínica. Además, se deberá incluir en ésta el Documento de Voluntades Anticipadas del paciente.
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