José Emiliano Ibáñez · 1/09/2018: Siguen presos. Y el debate es sobre los lazos amarillos. Vergüenza.
La posverdad puede definirse como una cierta indiferencia
ante los hechos. El término se utiliza sobre todo para referirse al
fenómeno de falsas creencias populares: la imagen de la posverdad que se
ha instalado en los medios es la de masas ignorantes engañadas por
políticos demagogos a través de las redes sociales.
Sin embargo, el fenómeno de la indiferencia ante la verdad
se percibe también en las altas esferas, en el ejercicio del poder; es
una constante a lo largo de la historia política. Uno de los ejemplos
más puros de posverdad en tiempos recientes fue la decisión de EE.UU. de
atacar Irak. La administración de George W. Bush se encerró en su
caparazón, eliminando cualquier fuente de información que no fuera a
favor de sus planes. Fallaron los mecanismos internos de control y se
actuó con desprecio de la realidad: no había evidencia de las famosas
armas de destrucción masiva ni un plan mínimamente consistente para la
reconstrucción del país. El resultado fue catastrófico: Irak sucumbió a
una espantosa guerra civil de la que surgió la insurgencia del EI.
La posverdad es la consecuencia de un “aislamiento
epistémico”: un grupo de personas, más o menos amplio, comparte unas
determinadas ideas sin someterse al principio de realidad. Cuanto más
cerrado sea el grupo, más refractario se vuelve a enfrentarse a la
verdad. Las razones de esa cerrazón son muy variadas, del sectarismo
ideológico al espíritu corporativo, en el que la confianza no trasciende
los límites de un cuerpo profesional.
En estos momentos, la posverdad corporativa e ideológica se
encarna de forma sobresaliente en nuestro Tribunal Supremo y su empeño
en mantener la acusación de rebelión contra los líderes políticos del
movimiento independentista catalán. Tratar de encajar las conductas del
“otoño caliente” del 2017 en el tipo penal de rebelión es contrario a la
lógica, el sentido común y el propio derecho español. La estrategia
seguida en la instrucción del caso supone una degradación profunda de
nuestro sistema legal: pocas veces se ha visto con tanta claridad cómo
los prejuicios ideológicos y políticos se imponen sobre una
consideración racional e imparcial de los hechos.
El Tribunal Supremo se ha metido en su propia burbuja
epistémica. El tipo penal de la rebelión requiere un “alzamiento
violento y público”. Para poder hablar de rebelión en el caso catalán,
hay que deslizarse por una pendiente que termine asimilando los sucesos
del otoño pasado al intento de golpe de Estado del 23 de febrero de
1981. Pero mientras que los golpes de Estado siempre conllevan violencia
(de facto o en forma de amenaza coactiva), lo sucedido en los meses de
septiembre y octubre del 2017 no encaja, se mire como se mire, con un
“alzamiento violento”. (...)
No hay comentarios:
Publicar un comentario