viernes, 19 de julio de 2024

El Salto. Nueve años protestando con mordaza, de Tomás Muñoz

 Tomás Muñoz   1 JUL 2024

El 1 de julio de 2015 entró en vigor la reforma de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana que, según datos de Interior, ha recaudado más de un millón de euros en multas hasta 2022.


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Hace una década, en la etapa de la última mayoría absoluta del Partido Popular y tras un trienio de protestas constantes contra la maquinaria de la austeridad, el gobierno de Mariano Rajoy decidió impulsar una reforma de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana. La narrativa para justificar el impulso de esta normativa legal trataba de enmascarar la limitación de derechos y libertades que ha supuesto su aplicación. Incluso el Ministro del Interior responsable de la reforma, Jorge Fernández Díaz —hoy inmerso en varios procesos judiciales por el uso de las instituciones policiales con fines políticos—, llegó a afirmar en el programa Salvados que “si usted me dice una libertad o un derecho que recorte, estoy dispuesto a retirarme inmediatamente de la política”. Una apuesta pública que, por supuesto, nunca cumplió, a pesar de que, desde su tramitación parlamentaria, fueron muchas las voces que alertaron del impacto que iba a tener para los derechos de la ciudadanía.

“Hubo incluso pronunciamientos de organismos internacionales, como por ejemplo, el de cuatro relatores de Naciones Unidas que avisaron de que esa reforma implicaba socavar los derechos de manifestación y expresión”, relata Carlos Escaño, de Amnistía Internacional, que añade que “ya desde antes de que se aprobara se venía alertando por parte de nuestra organización de multitud de abusos de autoridad que se venían cometiendo y en este sentido se veía pertinente y necesario llevar a cabo una modificación legislativa, pero en la dirección contraria”.

Nueve años después de su entrada en vigor, el balance para las organizaciones que defienden los derechos humanos es tajante: “Lo que hemos visto y lo que estamos presenciando y documentando a diario es un retroceso de nuestros derechos y nuestras libertades, de todos los derechos civiles y políticos que se estructuran alrededor de lo que se entiende y utilizamos como derecho a la protesta”, sentencia Cèlia Carbonell, del centro Irídia. “Hemos constatado un impacto grave para el ejercicio de derechos fundamentales básicos como son la libertad de reunión pacífica, de expresión y de información”, secunda Escaño.

La mordaza que silencia y acalla

Tantos años con estas restricciones se han trasladado al sentir de los movimientos sociales. Mónica Hidalgo, de No Somos Delito, razona que “el balance es muy negativo no solo por la represión económica, sino por cómo hemos interiorizado este miedo a ser multadas”. Hidalgo lo ejemplifica con los procesos de recurso ante la sanción administrativa, “antes de que entrara en vigor la mordaza, por ejemplo desde Legal Sol se ganaban casi todos los recursos a las multas, ahora, no ganamos casi ninguno”.

“Parece como si en ese momento el Gobierno hubiese elaborado un listado de protestas que fueron efectivas y que tuvieron un alto impacto en la opinión pública para establecer nuevos mecanismos legales con los que pudieran ser reprimidas, por la vía administrativa o por la vía penal”, añade Escaño.

Otro de los aspectos más lesivos de estos años de mordaza es el relativo al derecho a la información. Desde las organizaciones de defensa de los derechos humanos han constatado como esta ley se ha utilizado en contra de periodistas o profesionales de la comunicación, implicando una vulneración directa a la libertad de información. “Es realmente gravísimo ver que artículos como el relativo a la difusión de imágenes de la policía se aplica a periodistas que están dando cobertura a contextos de protesta, teniendo en cuenta que están informando de lo que está pasando, estas personas deberían estar protegidas, no deberían ser sancionadas o obstaculizadas en su trabajo”, lamenta Carbonell.

Sobre si se puede o no grabar a la policía, aún circula bastante el mito de que es ilegal, pese a que el Tribunal Constitucional ya se pronunció en 2020 negando este extremo y reafirmando su legalidad, algo que desde Amnistía Internacional confirman tajantemente. “Estamos hablando de espacios públicos, con actuaciones públicas como puede ser una protesta y la intervención de unas fuerzas que son del Estado, y claro que se les puede tomar imágenes, además, es muy importante hacerlo porque, en caso de comisión de abusos policiales puede servir como una prueba”, explica Escaño.

Lo que dice el texto actual es que sería sancionable la difusión de imágenes en los supuestos en las que estas puedan poner en riesgo a los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, algo que, para Escaño, no se puede asumir de forma preventiva, “deberían acreditar ese riesgo. Lo que pasa es que en la calle, los agentes ordenan a cualquier ciudadano que no tome imágenes, y si las toman, entonces aplican el 36.6, el de desobediencia a la autoridad, y por ahí te clavan la multa”. “Todas estas herramientas que limitan nuestros derechos y cada vez limitan más nuestro espacio como sociedad civil para alzarnos, para expresarnos, para organizarnos, está enquistando un modelo de impunidad, de violencia policial”, señala Carbonell.

Carbonell apunta también al lenguaje empleado en el redactado de la ley mordaza, que “es totalmente amplio y poco definido, lo que se traduce en una aplicación arbitraria, desproporcionada”. Desarrolla con que “los propios artículos se han interiorizado de tal manera por parte de la policía para tratar de generar un efecto de desmovilización o de hacer que las personas se lo piensen dos veces a la hora de hacer una cosa tan normal como fotografiar en el espacio público un abuso policial, y eso es algo que también afecta al colectivo de periodistas”.

“A partir de la aprobación tanto de la Ley de Seguridad Ciudadana como de una doble reforma del Código Penal, vimos como se aumentaron las herramientas de censura, de obstaculización, de control de la sociedad civil por diferentes vías”, explica Carbonell, que hace referencia a las penas que se modificaron en el Código Penal que “sancionan muchos actos habituales de protesta en las calles y que se han agravado”. Carbonell señala dos artículos que han tenido especial impacto, el 36.6, que es el que ampara las sanciones por resistencia, desobediencia o negativa de identificarse y el 37.4, que penaliza las faltas de respeto a la autoridad. Según los datos del Centro Iridia, estas son las dos infracciones que más se han utilizado tras las relativas al consumo de estupefacientes, e implican el 77% del restante de las infracciones (...)

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