jueves, 9 de febrero de 2023

Balance del 'caso De Miguel': castigo para los políticos corruptos y penas mínimas para los empresarios corruptores

 10 de enero de 2023 

ELDIARIO.ES    

Iker Rioja Andueza


El balance del 'caso De Miguel', el mayor sumario de corrupción conocido en Euskadi, es claramente más favorable para los empresarios corruptores que para los políticos corruptos. Un dato: Jon Iñaki Echaburu, constructor afiliado al PNV al que en una grabación se le escucha decir que las comisiones son algo “dentro de lo normal”, ve rebajaba su pena en el trámite del Tribunal Supremo de dos años y cinco meses a solamente cinco meses. No entrará en la cárcel. Quien tuviera que cambiar a última hora de abogados por lo peculiar de su caso, queda absuelto de participación en el cobro de comisiones que intentó el ex 'número dos' del PNV de Álava, Alfredo de Miguel, en el parque tecnológico de Miñano, 100.000 euros. El recaudador, en cambio, ha sido condenado a doce años, cuatro meses y 15 días, nueve de cumplimiento efectivo.

La denunciante, Ainhoa Alberdi, que compró a Echaburu la empresa Urbanorma Consulting, una compañía que era la adjudicataria de un contrato en Miñano, manifestó que al asumir el control total de la firma descubrió que había letra pequeña en ese contrato público. En concreto, destapó que su antiguo socio había pactado con su amigo De Miguel, a quien conoció en las juventudes del PNV (EGI), el pago de una comisión en compensación por haber logrado entrar en Miñano 'a dedo'. Cuando la denunciante se negó a pasar por caja fue cuando empezaron las presiones, que incluyeron reuniones con su padre, por ejemplo.


¿Qué dice el Supremo sobre esta situación? “La conversación mantenida por Alfredo de Miguel y Ainhoa Alberdi, en la que aquel reclamó el pago supuestamente acordado con el recurrente [Echaburu], no es prueba bastante de que fuera cierto lo que Alfredo de Miguel afirmaba. La prueba practicada muestra que, durante años, Alfredo de Miguel no se condujo con honestidad en la captación de fondos y, desde luego, la exigencia de un pago a Ainhoa Alberdi, tanto pudo responder al previo acuerdo con el recurrente que proclama la sentencia [de la Audiencia de Álava, que sí vio acreditado el delito de Echaburu], como a una farsa con la que buscara, a partir del engaño, enriquecerse a costa de la señora Alberdi”.

Sin embargo, al tiempo, el alto tribunal da por probado que Echaburu pasó por la caja de De Miguel por otros dos contratos en dos pequeños municipios alaveses, Zigoitia y Lapuebla de Labarca. En aquella ocasión se acreditó el abono a las empresas controladas por el político del equivalente al 4% del coste total. E interpreta que la cuantía de Miñano (100.000 euros venía a ser un tercio de la minuta, aunque el monto total de aquella operación era variable) no casa con ese porcentaje. “La cantidad supuestamente exigida quintuplica la comisión que, conforme a la prueba practicada, pagó el recurrente por la adjudicación de los contratos de Lapuebla de Labarca y Zigoitia”, remarca el alto tribunal (...) 

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