Raúl Rejón 17 de enero de 2023
Si al río Tajo se le asegura en su cabecera el agua que le permita tener vida, las fincas de regadío del levante contarán con menos agua de la que se capta en ese curso para bombearse hasta la cuenca del Segura. Si estiras la manta por un lado, destapará otro. Sobre este asunto pivota la llamada 'guerra del agua' que ha hecho que el presidente valenciano Ximo Puig (PSOE) esté en campaña contra el Ministerio de Transición Ecológica que dirige la vicepresidenta Teresa Ribera (PSOE). Una pelea de la que también participa el presidente murciano Fernando López Miras (PP), a la que ha arrastrado a los socialistas de su comunidad autónoma. Completa el escenario el presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García Page (PSOE), que, en esta ocasión, está del lado del Ejecutivo de Pedro Sánchez.
El 19 de enero el Consejo de Estado tiene previsto emitir su informe sobre la nueva planificación hidrológica que afecta al trasvase Tajo-Segura, el acueducto que ha permitido multiplicar la agricultura intensiva de regadío en el sureste. Tras el dictamen, los planes pasarán al Consejo de Ministros para ser aprobados.
El caudal ecológico es una obligación legal que se ha incumplido
La Ley de Aguas obliga, al menos desde 2001, a que el Gobierno establezca en los planes hidrológicos los caudales ecológicos de los ríos: se tata del volumen de agua necesario para “mantener como mínimo la vida piscícola que de manera natural habitaría o pudiera habitar en el río, así como su vegetación de ribera”, dice la ley.
Sin embargo, el Tajo no ha disfrutado de esta protección. Su plan de gestión 2015-2021 –elaborado cuando era ministra Isabel García Tejerina (PP)– simplemente no la dispuso. El Tribunal Supremo sentenció en 2019: “En este ciclo de planificación no se han fijado caudales ecológicos en el río Tajo”. El plan había trazado unos “caudales mínimos”, explica la sentencia, a su paso por Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina que, además, copiaban los del plan anterior. “Estos valores no son caudales ecológicos”, falló el Supremo al anular esa parte del documento.
Los caudales ecológicos no son un uso del agua –como sí lo es el regadío o la ganadería–. Es un volumen que debe reservarse antes de repartir el agua para utilizarla para cualquier cosa (excepto el consumo humano, que es la prioridad). La ley a esto lo llama “restricción que se impone con carácter general a los sistemas de explotación”.
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