miércoles, 12 de julio de 2017

La relación entre corrupción y régimen del 78, ¿cómo acabar con el saqueo de lo público?

El fenómeno de la corrupción no se puede abordar en términos de comportamiento individual de un político o cargo, sino que debe abordarse como un problema inherente al sistema
El elevado nivel de corrupción en España es consecuencia de la combinación de los tres pilares fundamentales sobre los que se construye el régimen del 78: el sistema de partidos que surge y se desarrolla con la transición, la Constitución de 1978 y el modelo económico imperante
Apaciguar la corrupción sólo es posible con un cambio estructural del sistema
  11/06/2017 - http://www.eldiario.es/contrapoder/relacion-corrupcion-regimen-acabar-publico_6_653444656.html

Miles de personas claman en Valencia contra la corrupción y exigen justicia
Manifestación en Valencia contra la corrpución EFE
Cada vez que estalla un nuevo caso de corrupción asistimos a la misma secuencia de hechos: por un lado, los dirigentes del partido afectado, en el mejor de los casos, apartan al culpable del cargo, se desvinculan públicamente de él y lo critican por actuar de espaldas al partido. Por otro lado, sus oponentes políticos reclaman la dimisión inmediata del corrupto y exigen asumir responsabilidades al líder del partido afectado o a quienes pusieron al corrupto en su cargo.
El caso se soluciona, en unos supuestos, con el enjuiciamiento y encarcelamiento del sujeto, y en otros, para mejor suerte del individuo, con su recolocación a otro cargo donde pase desapercibido.
En todos estos posicionamientos y soluciones, el fenómeno de la corrupción es tratado en términos de comportamiento individual, como una patología individual de una persona que actúa como un fallo en el sistema y que debe ser depurada para garantizar la continuidad de la "democracia".
Entendida desde esta lógica, el fin de la corrupción pasaría por adoptar medidas que aumenten el coste de robar para disuadir su práctica, por ejemplo, endureciendo las normas penales punitivas. Pero, ¿serviría de algo esta u otras soluciones análogas? Sin duda, no. La corrupción, en España, no puede analizarse como comportamientos individualizados, hay que empezar a explicar a la gente que la corrupción es un problema inherente a la propia naturaleza del régimen del 78 y que sólo cambiando este último podremos acabar con la primera.
El elevado número de casos y los escandalosos niveles de corrupción en España es un fenómeno estructural consecuencia de la combinación de los tres pilares fundamentales sobre los que se construye el régimen del 78: el sistema de partidos que surge y se desarrolla con la transición, la Constitución de 1978 y el modelo económico imperante. Detengámonos en cada uno de estos elementos:
1. El sistema de partidos: El caso Filesa del PSOE, el caso Bárcenas del PP, el caso Griñán y Chávez del PSOE andaluz, el caso del PP valenciano de Camps y Barberá, el caso de CiU de los Pujol, etc. nos demuestran que, en España, la corrupción no puede explicarse solamente como una cuestión de utilidad económica personal de un político, sino que hay que entenderla como una red de relaciones entretejidas en el interior de la vida política de los grandes partidos políticos del régimen.
Todos los casos mencionados tienen en común que el dinero obtenido fruto de intercambios ocultos de favores entre políticos y empresas no se destinaron, únicamente, al lucro personal de un político o cargo, sino que también ha actuado como una forma habitual de recaudar fondos para el partido o una facción del partido. Ello tiene dos consecuencias:
Una es que neutraliza la responsabilidad moral del cargo corrupto que es visto por el resto de compañeros no como un delincuente sino como alguien que fortalece el partido. Y la otra es que la estrecha vinculación entre corrupción y funcionamiento de los partidos hace que la aceptación de estas reglas ilícitas paralelas constituya, en el interior de las formaciones políticas, un criterio para discriminar a los que se niegan a cooperar, de modo que la única forma de no quedar fuera del reparto de cargos es participar en ella, lo que extiende el círculo de la corrupción y la generaliza en todo el entramado político.
Todo ello hace que no podamos hablar de casos aislados de corrupción sino de una lacra inherente al propio funcionamiento del sistema de partidos que nace y se desarrolla con el régimen del 78.
2. La Constitución de 1978: el segundo elemento para entender la expansión de la corrupción en el estado es la ausencia de controles y contrapoderes eficaces. La Constitución de 1978 incorpora los principales mecanismos de control político propios de la democracia constitucional, sin embargo, realiza una regulación de algunos de estos que hace que no tengan ningún tipo de utilidad. Un ejemplo claro de ello es la figura de la moción de censura, tan en boga estas últimas semanas.
Durante los debates constituyentes, Solé Tura del PCE defendía que la moción de censura debía poder presentarse contra el Gobierno, sin necesidad de tener que presentar a ningún candidato alternativo a presidente, y si el Gobierno no renueva el apoyo de la mayoría parlamentaria debe dimitir. El principal argumento en defensa de esta regulación es que, en un régimen parlamentario, cuando la mayoría del Parlamento esté explícitamente en contra del Gobierno, este debería dimitir. A continuación, se inicia un nuevo proceso de investidura. De hecho, no se trataba de ninguna extravagancia, esta es la regulación de la moción de censura que tienen una larga lista de países europeos, entre ellos países vecinos como Portugal, Italia o Francia.
Por el contrario, Alzaga y Pérez Llorca de la UCD y Fraga de AP, defendían que la moción de censura no debía centrar el foco en el Gobierno sino en la investidura de un nuevo presidente alternativo. De manera que si no se logra investir nuevo presidente, el Gobierno puede continuar incluso sin tener el apoyo de la mayoría parlamentaria. El principal argumento para la defensa de esta posición, que fue la que acabó imponiéndose en el art. 113 CE, era la necesidad de garantizar, en todo momento, la estabilidad política.
En la práctica, de haberse impuesto la primera propuesta habríamos vivido mociones de censura exitosas, al menos en la V (1993-1996) y IX (2008-2011) legislaturas que acabaron con elecciones anticipadas, así como el próximo 13 de junio con la moción presentada por Unidos Podemos. Sin embargo, la regulación impuesta dificulta enormemente el éxito de una moción censura. Prueba de ello es que, desde 1978 hasta hoy, sólo se han presentado dos y han fracasado. A la vez, permite que, a pesar de estar pringado por múltiples escándalos de corrupción, el presidente Rajoy pueda afirmar que ni le preocupa y que, posiblemente, ni siquiera va a asistir a su propia moción de censura el próximo día 13, ya que esta no va a tener ningún efecto, pudiendo continuar con su cargo como si no pasara nada. A esto nos referimos cuando afirmamos que, aun y reconocerse la moción de censura, la Constitución del 78 establece una regulación de la misma que bloquea su eficacia.
3. El modelo económico: el capitalismo no es solo un modo de producción económico sino también un modo de producción cultural. La expansión de una determinada forma de capitalismo lleva asociada la expansión de una determinada forma cultural o ética económica funcional al primero, de manera que toda transformación en la fase de capitalismo implica también un cambio en la ética económica imperante en la sociedad.
Mientras el capitalismo industrial llevaba implícito la ética económica propia del empresario schumpeteriano tradicional que combina la inventiva técnica con la capacidad de reunir capital, de organizar una empresa y de explorar y crear mercado para ir progresivamente acumulando capital, su transformación en capitalismo financiero-especulativo, que arraigó fuertemente en España a través de la adopción durante la década de los 90 y 2000 de un modelo económico de crecimiento basado en la especulación inmobiliaria, implicó también la expansión en nuestra sociedad de una cultura o ética económica del dinero fácil y rápido.
La combinación de estos tres elementos sobre los que se construye el régimen del 78: un sistema de partidos autoconstituido como una auténtica trama de relaciones de favores ocultos, una Constitución que bloquea la eficacia de controles y contrapoderes y todo ello en el marco de una ética económica social del dinero fácil y rápido, ha convertido a España en un estado tomado por la corrupción.
Parece claro, entonces, que la única manera de apaciguar la corrupción no es la dimisión de determinados cargos públicos ni el endurecimiento del código penal. La única opción posible es llevar a cabo una renovación radical del sistema de partidos, aprobar una nueva Constitución y transformar el modelo económico. Ello exige destituir al régimen del 78 para construir uno de nuevo.
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OTRA COSA: Poema: Por lo visto es posible declararse hombre, de Jaime Gil de Biedma.

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