lunes, 24 de abril de 2023

Primera Ley de Vivienda. Podemos

 14/4/23

 Se podía o no se podía???

Tras trece meses de negociaciones entre el Gobierno central y sus socios 

parlamentarios, este viernes han llegado a un acuerdo. Todos los partidos 

de izquierda han celebrado el acuerdo, algunos con más ímpetu que otros. 

La primera Ley de Vivienda de la historia de España retoma ahora su tramitación

 parlamentaria y las formaciones políticas confían en que esté aprobada antes 

de las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo.

"Hemos priorizado el derecho a la vivienda por encima de quienes quieren hacer 

de la vivienda un bien de mercado", ha asegurado Oscar Matute, diputado de 

EH Bildu, que ha presentado el acuerdo junto a la diputada de ERC, Pilar Vallugera. 

De esta forma, la nueva norma trae novedades importantes en relación a la subida 

de los alquileres, el término 'gran tenedor', las zonas tensionadas o la protección 

frente a los desahucios.

 

Las 5 claves para entender cómo afecta la nueva norma

1. Tope de precios a la subida del alquiler: los alquileres de viviendas podrán 

subir su precio como máximo un 2% en este 2023, un 3% en 2024 y "por debajo 

del IPC" a partir de 2025. De esta forma, se elimina el IPC como referencia para 

la actualización anual de la renta de los contratos a partir de 2025 y se creará 

un nuevo índice en estos términos, más estable e inferior a la evolución del IPC, 

que tope los aumentos de la renta por la renovación anual.

2. Regulación obligatoria de zonas tensionadas, ampliación de las mismas

 y modificación del término 'gran tenedor':

  • En primer lugar, se considerará una zona tensionada siempre que se cumpla 
  • al menos una de las dos condiciones que fija la nueva ley: que la carga media 
  • del coste de la hipoteca o del alquiler más los gastos y suministros básicos 
  • supere el 30% de la renta media de los hogares, o que el precio de compra 
  • o alquiler de la vivienda haya aumentado al menos 3 puntos por encima del 
  • IPC en los cinco años anteriores a la declaración de área tensionada.
  • En segundo lugar, serán regulados todos los alquileres en áreas tensionadas 
  • en todos los casos. Sean propiedad de grandes tenedores o de pequeños
  •  propietarios, tanto para contratos de inmuebles que estén en el mercado 
  • de alquiler como para nuevos contratos.
  • Por último, a los propietarios que posean 5 o más inmuebles en área tensionada, 
  • se considerarán grandes tenedores y se aplicarán las medidas y especificidades
  •  concretas para este tipo de propietarios, con el objetivo de reducir así la 
  • especulación y el acaparamiento de inmuebles que practican fondos buitre 
  • y demás fondos de inversión.

3. Nuevas protecciones para los inquilinos: Los gastos y honorarios inmobiliarios

 producidos por el alquiler de un inmueble correrán siempre a cargo del propietario

 y no del inquilino. Además, queda prohibido aumentar las rentas de alquiler por 

la vía de nuevos gastos como tasas de basura, un pago extra de cualquier tipo, etc. 

Por otro lado, se elimina la cláusula de escape. Queda suprimida la cláusula 

apodada como "acuerdo entre dos partes". Esta permitía la no aplicación de 

las medidas que contiene la ley en las situaciones en las que exista un acuerdo 

entre las partes. Se considera que los inquilinos tienen una mayor limitación a 

la hora de negociar y que, por tanto, en muchas ocasiones en las que se aplicaba 

esta cláusula de escape.

4. Se blindan las competencias autonómicas: la ley respetará las competencia

s autonómicas y locales, ofreciendo un marco jurídico habilitante y seguro para 

que las instituciones competentes en materia de vivienda puedan desplegar, 

desarrollar y ampliar las políticas de vivienda necesarias mediante sus capacidades 

y herramientas propias. Además, a largo plazo, se permite a los ayuntamientos 

recargar o bonificar el IBI de aquellas viviendas que estén vacías y sean puestas 

en el mercado.

5. Compromiso con la vivienda social: los porcentajes de reserva de suelo para 

vivienda protegida aumentan del 30 al 40% en el suelo urbanizable (actuaciones 

de nueva urbanización) y del 10% al 20% en suelo urbano no consolidado 

(actuaciones de reforma o renovación de la urbanización).

"La solución pasa porque la vivienda social nunca llegue al mercado libre"

El doctor en Economía de la Universidad Complutense, Alejandro Inurrieta, 

ha valorado la nueva norma acordada este viernes: "Salvo Barcelona, Euskadi 

e Islas Baleares, el resto de Comunidades Autónomas siguen muy rezagadas 

en materia de vivienda social. Las regiones han sido muy reacias hasta ahora 

a construir viviendas para el alquiler social, han preferido hacer vivienda en 

compra, con las conocidas VPO, que luego se pueden desclasificar y hacer 

negocio, como pasa en Madrid. Esto provoca la eliminación de este activo 

de las administraciones regionales, en muchas ocasiones para acabar en manos 

de fondos buitre" (...)

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